Corte de EE.UU. rechaza solicitud de “El Chapo”

El juez Brian Cogan rechazó la solicitud de “El Chapo” para hablar con su abogado, alegando que no es competencia de su tribunal.

El reclamo de Joaquín Guzmán desde la prisión más estricta de Estados Unidos

Joaquín “El Chapo” Guzmán Loera, exlíder del Cártel de Sinaloa, ha vuelto a generar atención mediática internacional al enviar una carta manuscrita al juez federal Brian Cogan. En ella, el narcotraficante condenado reclama que, a pesar de haberse autorizado su derecho a comunicarse con un nuevo abogado defensor, las autoridades penitenciarias en la prisión federal ADX Florence, en Colorado, le han impedido todo tipo de contacto con él. Esta nueva denuncia revela las condiciones extremas bajo las cuales cumple su sentencia y plantea cuestionamientos sobre sus derechos procesales incluso en el contexto de una condena ya dictada.

La carta, fechada el 15 de julio, fue enviada directamente al tribunal del Distrito Este de Nueva York. En ella, Guzmán manifiesta que desde hace semanas se le impide hablar con su abogado Israel José Encinosa, a pesar de que, según él, el propio juez Cogan ya había autorizado dichas comunicaciones. Señala que ni siquiera le han entregado dos cartas enviadas por su defensor y que Encinosa lleva al menos diez meses intentando establecer contacto sin lograrlo. “Para mí es vital el abogado”, escribió Guzmán, haciendo énfasis en la necesidad de tener una representación legal adecuada para futuros movimientos jurídicos.

El rechazo del juez Cogan

Ante esta solicitud, el juez Brian Cogan respondió con una negativa. En una escueta resolución, el magistrado sostuvo que no le corresponde a su tribunal tomar decisiones sobre la logística interna del sistema penitenciario federal. Esta respuesta cerró momentáneamente la vía directa para que Guzmán pueda hablar con su abogado de confianza, dejando el asunto en manos del Buró Federal de Prisiones, el cual regula de forma estricta el acceso de los reclusos a comunicaciones externas.

La negativa judicial plantea un dilema recurrente en el sistema penitenciario estadounidense: hasta qué punto los derechos legales básicos, como la asistencia jurídica, pueden limitarse en nombre de la seguridad nacional o penitenciaria. En el caso de Guzmán, quien fue considerado una amenaza excepcional a la seguridad por su historial de fugas, las restricciones han sido especialmente severas. Sin embargo, la defensa legal insiste en que incluso un recluso condenado a cadena perpetua tiene derecho a asistencia jurídica plena.

Las condiciones en ADX Florence

ADX Florence, conocida también como “el Alcatraz de las Rocosas”, es considerada la prisión más segura de Estados Unidos. Se trata de una instalación diseñada para albergar a presos extremadamente peligrosos o de alto perfil. Guzmán cumple allí una condena que, además de perpetua, incluye 30 años adicionales y una orden de restitución de 12,600 millones de dólares. Su régimen carcelario ha sido calificado por algunos expertos como una forma de aislamiento extremo.

Las celdas miden menos de cuatro metros cuadrados. Los presos permanecen encerrados entre 22 y 23 horas al día. Las ventanas están diseñadas para que no se pueda ver el exterior. La comunicación con otros reclusos está estrictamente prohibida y las visitas familiares se encuentran severamente restringidas. Las únicas interacciones autorizadas, en la mayoría de los casos, se realizan a través de paredes blindadas y con cámaras de vigilancia constante.

Guzmán ha denunciado desde hace años que estas condiciones son “inhumanas”, incluso comparándolas con formas de tortura psicológica. Ha presentado recursos en distintas cortes argumentando que el aislamiento prolongado vulnera sus derechos fundamentales. Sin embargo, todas sus apelaciones han sido rechazadas sistemáticamente por tribunales que consideran justificadas estas medidas dado su historial de fugas, amenazas a funcionarios y liderazgo criminal transnacional.

Implicaciones para el sistema de justicia

La disputa entre Guzmán y el sistema penitenciario estadounidense no es simplemente un caso aislado. Representa un debate más amplio sobre los límites del castigo en democracias liberales, donde los derechos humanos deben preservarse incluso para los criminales más peligrosos. Diversos organismos internacionales han advertido sobre el uso del confinamiento extremo como posible forma de trato cruel o degradante, especialmente cuando se prolonga durante años.

En el caso de “El Chapo”, las restricciones legales tienen un trasfondo político evidente: su figura encarna la guerra contra el narcotráfico en América Latina, así como las fallas de seguridad y corrupción que permitieron su ascenso y fuga. Por ello, tanto las autoridades estadounidenses como mexicanas han mantenido una narrativa en la que cualquier privilegio concedido al exlíder del Cártel de Sinaloa es inaceptable. No obstante, el sistema de justicia debe equilibrar esa postura con la obligación de asegurar un debido proceso en todos los niveles, incluyendo la etapa posterior a la condena.

La falta de contacto entre Guzmán y su nuevo abogado podría afectar futuros procedimientos legales que su defensa pretende impulsar. Aunque no se espera una reapertura del juicio, sí se han barajado solicitudes de revisión, análisis de posibles irregularidades en su proceso judicial e incluso recursos ante cortes internacionales. Sin comunicación con su abogado, estas rutas se vuelven casi imposibles de transitar.

Conclusión

La reciente negativa del juez Brian Cogan a permitir que Joaquín “El Chapo” Guzmán contacte a su nuevo abogado revela una dimensión crítica de la justicia penitenciaria: el difícil equilibrio entre seguridad extrema y derechos fundamentales. Aunque el sistema estadounidense considera a Guzmán como un criminal de altísima peligrosidad, no puede ignorarse que aún en estas condiciones debe garantizarse el acceso a una defensa legal efectiva. Más allá de la figura polémica del exnarcotraficante, el caso plantea interrogantes sobre la función humanista del derecho penal moderno y sus límites en contextos de excepción como los que rodean al sistema de máxima seguridad de Estados Unidos.

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