Investigadores del Centro de Investigación en Alimentación y Desarrollo
(CIAD) en Mazatlán se unieron a la movilización nacional convocada por la
Federación de Sindicatos del Sector de Ciencia y Tecnología. La protesta
busca exigir el pago inmediato del retroactivo salarial 2025, así como el
respeto al Contrato Colectivo de Trabajo (CCT) que, según los
manifestantes, ha sido ignorado por las autoridades del CIAD.
Inconformidad por pagos incompletos
El conflicto surge a pesar de que el convenio laboral entre el CIAD y el
Sindicato Auténtico de Trabajadoras y Trabajadores del CIAD (SIATCIAD) fue
firmado legalmente el 15 de agosto de 2025 ante el Centro Federal de
Conciliación y Registro Laboral (Expediente 1836/2024). Dicho acuerdo
establece un incremento del 4% a los salarios contractuales, con vigencia
desde el 1 de febrero.
Sin embargo, los investigadores denuncian que el pago retroactivo
correspondiente a las quincenas anteriores aún no se ha cubierto, lo que ha
provocado molestia y descontento entre los trabajadores.
Durante el plantón realizado en las instalaciones del CIAD Mazatlán, más de
20 agremiados se manifestaron con pancartas y consignas exigiendo el
cumplimiento del acuerdo.
“Retroactivo y salario, cumplan el convenio, es necesario.
Ni un favor, ni un detalle. Salario completo, que no falle”, corearon los
manifestantes, quienes calificaron la situación como una violación directa a
sus derechos laborales.
El subdelegado sindical, César Berlanga, explicó que esta movilización se
replicó en otras instituciones del país, incluyendo ITMAZ, CIBNOR, CIDE y
ECOSUR, con el mismo reclamo: el pago íntegro del retroactivo y el respeto
al contrato colectivo.
Berlanga denunció además un ambiente laboral deteriorado dentro del
CIAD, derivado de lo que calificó como acciones unilaterales de la
Dirección General, que “condicionan la participación en programas de
estímulos al cumplimiento de horas de capacitación no contempladas en el
contrato colectivo”.
Marco legal y sindical
El Contrato Colectivo de Trabajo 2025–2027, en sus cláusulas 19 y 20,
establece que los aumentos autorizados forman parte del salario base,
mientras que la cláusula 6 garantiza que “en ningún caso los derechos de
las y los trabajadores serán inferiores a los establecidos con anterioridad, ni
se podrán posponer los pagos de salario y prestaciones”.
La Ley Federal del Trabajo, en sus artículos 87, 88 y 89, también dispone que
el salario debe pagarse en tiempo y forma, sin descuentos indebidos. Por su
parte, los Estatutos de la Federación Nacional de Sindicatos del Sector
Ciencia y Tecnología (FENASSCYT) establecen como principio la defensa
legítima de los derechos laborales del personal científico y técnico.