Senado envía reforma de Amparo a Diputados

Antecedentes: la reforma propuesta y su motivación

En septiembre de 2025, el poder ejecutivo presentó al Congreso una iniciativa para reformar la Ley de Amparo con el argumento de que dicho juicio ha sido utilizado de forma excesiva para evitar sanciones, especialmente en casos de delitos fiscales y actos de corrupción. La propuesta contemplaba modernizar los procedimientos, fortalecer la justicia administrativa y limitar algunos usos abusivos del recurso.

Uno de los puntos centrales de la iniciativa es redefinir el concepto de “interés legítimo”, con el propósito de restringir la capacidad de ciertos actores —colectivos, ONG’s o ciudadanos— para promover amparos en defensa de derechos difusos o colectivos. También se pretende ajustar plazos y condiciones para la suspensión de actos reclamados, buscando agilizar la resolución judicial.

Desde su creación tras la reforma constitucional de 2011-2013, la Ley de Amparo es un pilar del sistema de protección de derechos en México. Cualquier modificación genera tensiones porque toca el equilibrio entre el poder del Estado y las garantías individuales.


Aprobación en el Senado y controversias en el transitorio

El 1 de octubre de 2025, el Senado aprobó en lo general la minuta de la reforma con 76 votos a favor y 39 en contra. El dictamen fue modificado en lo contencioso durante el debate, principalmente en torno al interés legítimo y los plazos judiciales. Tras el trámite en comisiones conjuntas (Justicia; Estudios Legislativos; Hacienda), el dictamen se ajustó para ser votado en pleno.

Sin embargo, en el tramo final del debate, se incluyó una cláusula transitoria polémica: el llamado “apartado de retroactividad”. Según este artículo adicional introducido en el Pleno, los asuntos de amparo en trámite pasarían a regirse por las nuevas disposiciones, lo cual despertó una ola de críticas por su aparente contradicción con el artículo 14 Constitucional, que prohíbe leyes retroactivas que perjudiquen a las personas.

La presidenta Claudia Sheinbaum rechazó desde su conferencia matutina que la reforma incluyera tal disposición de retroactividad, señalando que no formaba parte del dictamen original enviado por el Ejecutivo. Incluso aseguró que, de permanecer, debería ser eliminada en la etapa de revisión en la Cámara de Diputados.

El exministro de la Suprema Corte, Arturo Zaldívar, también intervino públicamente para defender la lógica de la cláusula, sosteniendo que al tratarse de una disposición puramente procesal podría aplicarse sin violar la Constitución, pero admitió que la redacción es ambigua y pidió que se clarificara en la siguiente etapa legislativa.


Envío a la Cámara de Diputados: plazos y reacciones

Cinco días después de su aprobación en el Senado, la minuta fue recibida en la Cámara de Diputados. Fue publicada en la Gaceta Parlamentaria y turnada a las comisiones correspondientes para su examen.

El presidente de la Junta de Coordinación Política en San Lázaro y coordinador de Morena, Ricardo Monreal, afirmó que el Senado actuó con prudencia al no introducir modificaciones de fondo y enviar el texto tal cual fue aprobado. También expresó que, en la Cámara de Diputados, podrán revisarse artículos como el transitorio de retroactividad para corregirlo.

La Cámara de Diputados y otros actores legislativos consideran que esa cláusula debe eliminarse o reformularse, pues genera inseguridad jurídica. Se especula que podría corregirse por medio de una fe de erratas o una enmienda en comisiones, aunque ese recurso es objeto de debate porque implicaría modificar algo ya votado en el Senado.

Los diputados confían en que el Senado no intente modificar nuevamente el dictamen antes de su envío, pues alterar el texto generaría conflictos de procedimiento y “distorsiones” al proceso legislativo.


Claves constitucionales, críticas y defensas

Retroactividad y seguridad jurídica.
La inclusión del artículo transitorio con efectos retroactivos enfrenta cuestionamientos de constitucionalidad: muchos especialistas consideran que va contra principios básicos del debido proceso y la protección de derechos adquiridos.

Procesal vs. sustantivo.
Quienes defienden la cláusula argumentan que al ser de naturaleza procesal, puede aplicarse a etapas futuras incluso en juicios iniciados, sin vulnerar la Constitución. Pero ese argumento genera debate intenso sobre hasta qué punto puede extenderse la aplicación de normas nuevas en procesos ya iniciados.

Derecho al amparo y acceso a la justicia.
Uno de los temores es que las limitaciones propuestas (sobre interés legítimo, suspensiones u otros requisitos) terminen por restringir el acceso efectivo al amparo para ciudadanos, defensores, colectivos y organizaciones sociales.

Equilibrio institucional.
La reforma puede fortalecer el poder del Estado al reducir resistencias legales, pero también puede debilitar los mecanismos de control ciudadano. Por ello, la etapa de Diputados será clave para determinar si prevalece el control democrático o la consolidación de facultades estatales ampliadas.


Escenarios posibles y riesgos

  • Eliminación del transitorio de retroactividad. Es lo más probable si los diputados alineados con expertos jurídicos logran consenso para su remoción o reescritura.
  • Conflictos de procedimiento. Si el Senado intenta corregir el dictamen tras enviarlo, podría haber disputas normativas con la Cámara de Diputados y posibles impugnaciones.
  • Impugnaciones constitucionales. De aprobarse con cláusulas problemáticas, el texto final podría enfrentar acciones de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte por partes de ciudadanos, ONGs o entidades estatales.
  • Erosión del acceso al recurso. Si las reformas restringen de forma estricta el interés legítimo o las suspensiones, podría disminuir el uso del amparo como freno a abusos del poder.
  • Presión social y mediática. Grupos ciudadanos, medios, organizaciones de derechos humanos y académicos estarán atentos y podrían forzar modificaciones en la redacción durante el paso por Diputados.

Conclusión

El envío de la reforma de la Ley de Amparo al Palacio Legislativo de San Lázaro marca un momento decisivo en la relación entre poder y derechos en México. Si bien el Senado aprobó, con mayoría oficialista, un dictamen que contempla ajustes importantes al juicio de amparo, fue la inclusión de un artículo transitorio de carácter retroactivo la que encendió las alarmas en diversos sectores.

Ahora, la Cámara de Diputados no solo tiene en sus manos la revisión del contenido, sino la responsabilidad de garantizar que la reforma no vulnera la constitución ni debilita el acceso de la ciudadanía a mecanismos de protección. La discusión que sigue podría definir el equilibrio entre transparencia, justicia y autoridad en el sistema mexicano.

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